El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAPA) publicó nuevas normas para el ingreso a Brasil de productos agrícolas transportados en el equipaje de los viajeros. La medida, publicada en el Diario Oficial de la Unión, tiene como objetivo evitar la introducción de plagas y patógenos que amenazan el patrimonio agrícola y ambiental, así como la salud pública nacional.
Los productos pueden incluir animales, plantas, bebidas, material genético para su uso en la reproducción animal y la propagación de plantas, productos veterinarios y productos destinados a la alimentación animal, fertilizantes, enmiendas de suelo, inoculantes, estimulantes y biofertilizantes, pesticidas, alimentos, productos de madera, entre otros productos, subproductos y derivados. Consulte la lista aquí.

La lista de productos agrícolas establecida en la Ordenanza podrá ser actualizada en cualquier momento, debido a eventos sanitarios, la producción de conocimiento para la gestión de riesgos zoosanitarios y fitosanitarios, así como cambios en los procedimientos aduaneros.
Productos prohibidos:
- Miel y propóleo.
- Frutas, verduras y hortalizas frescas.
- Carnes y productos de cerdo, excepto enlatados.
- Queso y queso crema, excluyendo los productos lácteos a base de leche de bovinos y bufalinos de los países con notificación de dermatosis nodular contagiosa.
- Huevos de aves domésticas y derivados.
Productos autorizados:
Incluso sin la exigencia de documentación, el alimento debe estar:
- En el empaque original
- Sellado
- Etiquetado
- Sin signos de alteración
El trabajo de inspección es realizado por el Sistema Internacional de Vigilancia Agrícola (Vigiagro), que, de acuerdo con las exigencias internacionales y los intereses agrícolas de Brasil, analiza los riesgos fitosanitarios, zoosanitarios y sanitarios, así como el cumplimiento de las normas de identidad y calidad pertinentes.
Según el secretario de Defensa Agropecuaria, Carlos Goulart, las nuevas normas fortalecen la protección del patrimonio agrícola brasileño al reducir el riesgo de introducción de plagas y enfermedades a través del equipaje de los viajeros, además de reforzar la acción preventiva de Defensa Agropecuaria, garantizando mayor seguridad sanitaria, previsibilidad y claridad para quienes ingresan al país, en línea con los compromisos internacionales asumidos por Brasil.
Declaración de productos agrícolas
Los viajeros que transporten productos que requieran autorización de importación deberán completar el documento correspondiente, emitido por el MAPA, que será remitido electrónicamente por el servicio técnico emisor a las unidades de Vigiagro en los puntos de ingreso, conteniendo la siguiente información:
- Descripción de los productos agrícolas a importar, incluyendo cantidad, empaque, país de origen y procedencia.
- Modo de transporte, que puede ser aéreo, marítimo, fluvial, lacustre, por carretera o ferrocarril.
- Método de transporte autorizado, especificado como equipaje acompañado;
- Punto de entrada al territorio nacional.
- Identificación del viajero que transportará las mercancías agrícolas, que contenga:
- nombre completo;
- número de Identificación Tributaria (CPF), si aplica;
- número de pasaporte u otro documento de viaje;
- Fecha de vencimiento de la autorización de importación.
Eliminación obligatoria
La eliminación de los productos prohibidos deberá realizarse de forma voluntaria, en los contenedores agrícolas adecuados, cuando estén disponibles en el punto de entrada, antes de que el viajero proceda al control aduanero.
En caso de transportar estos productos, el viajero deberá declararlos mediante la Declaración Electrónica de Mercancías del Viajero (e-DBV), según lo establecido por el control aduanero, y presentarse en la unidad Vigiagro a través del canal “Mercancías a Declarar”.
08 de enero | MAPA | Brasil | https://www.gov.br





